lunes, 18 diciembre 2006
Amparo legal ante sobreendeudamiento: LAS FAMILIAS PODRIAN DECLARARSE EN QUIEBRA
Amigos y amigas:
El diario El Sur de Concepción continúa con la saga sobre endeudamiento en la sección Temas del Día.
En el siguiente artículo, Rodrigo Luppi San Martín, recoge algunos aspectos de una amena conversación que sostuvimos acerca de la Ley de Insolvencia que desde ODECU estamos impulsando como un aporte al sobreendeudamiento de los chilenos.
Espero que la nota sea de interés y utilidad.
Cordialmente,
Alejandro.
Amparo legal ante sobreendeudamiento: LAS FAMILIAS PODRIAN DECLARARSE EN QUIEBRA
El sobreendeudamiento es un problema social que necesita una urgente salida. Organización de Consumidores alista proyecto de ley.
La “Ley de insolvencia de los hogares” está en proceso de revisión y su propuesta saldrá a la luz pública durante el primer trimestre de 2007, según Alejandro Pujá Campos, asesor técnico legal de la Organización de Consumidores y Usuarios (Odecu), que propone esta iniciativa.
El sobreendeudamiento debe estar en la agenda pública ya que se trata de un problema social cuyas consecuencias afectan el sano desarrollo de la economía nacional. Según Pujá, el problema es de tal magnitud que este nuevo instrumento legal permitiría que las familias puedan declararse en quiebra tal como ocurre actualmente con las empresas.
En entrevista telefónica con EL SUR, desde Santiago, Pujá señaló que el documento está “bastante avanzado. Hemos revisado la experiencia internacional, hemos conversado con parlamentarios de varias bancadas y estamos esperando el mejor momento para hacer que el tema sea una parte relevante de la agenda pública”.
Pujá reconoció que es muy probable que la banca y el comercio tengan una reacción negativa a cualquier cambio en las normas actuales, pero insistió en que se trata de un ordenamiento necesario para “velar por la sanidad de nuestra economía. Las consecuencias de una familia que queda fuera del sistema y del mercado las terminamos pagando todos”, declaró.
La idea es que este sistema de protección al endeudado y a su familia le permita al afectado enfrentar sus compromisos a través de un plan obligatorio para las partes (deudor y acreedor) que termine con el pago de las obligaciones y con la rehabilitación del cliente.
Pero eso no es todo. Pujá cree imprescindible motivar la creación de mesas de trabajo con los bancos, financieras y casas comerciales para mejorar la información al consumidor previa al contrato y perfeccionar los criterios de evaluación en el otorgamiento de los créditos.
También será relevante plantear modificaciones legales en relación a los derechos del deudor en los juicios de cobranza, para mejorar su posición en materia de defensa y negociación.
12:20 Anotado en Entrevistas y reportajes | Permalink | Comentarios (4) | Email esto | Tags: Endeudamiento, Sobreeendeudamiento, Ley insolvencia, Proyecto, ODECU, Quiebra


Comentarios
Un cordial saludo, quiero contarte que soy profesional, madre de 2 hijos separada, con un esposo que no aporta su pension alimenticia, y en estos momentos siento el acoso y terror de los bancos llamandome y no solo a mì, a mis amigos tambien recordandoles que me enviaran a cobranza judicial, por que me atraso en 3 cuotas por cheques que me protestaron, entre otros, como tu sabras estoy realmente complicada o pago arriendo y le doy eduacion y comida mis hijos o muero de depresiòn, me da miedo perder mi trabajo, que me aconsejas gracias.
Anotado por: Maria Teresa Cordoba | martes, 06 marzo 2007
María Teresa:
Lo primero es no perder la calma y no permitir que los acreedores impongan sus condiciones.
Un dato importante es saber que tienes derecho a pagar una a una tus cuotas, con los correspondientes gastos e intereses, sin necesidad de reprogramar o hacer abonos para repactaciones que suelen perderse en gastos de cobranza.
Lo otro es revisar la situación patrimonial precaviendo qué bienes eventualmente pueden ser embargados por los acreedores. Si no hay demandas notificadas aun, puedes transferir los bienes a terceros de confianza. De ese modo, evitas la pérdida ante embargos y eventuales remates.
Sobre el marido que no paga la pensión, desafortunadamente tendrás que operar con los mecanismos de la ley, un poco lentos, pero no por eso menos eficaz. Hay que presentar una demanda de alimentos y, si no paga, hasta puede ser detenido. También puedes dirigir la demanda ante los abuelos paternos de los niños e inclusive ante su actual pareja.
Para esto último te recomiendo consultar en el Servicio Nacional de la Mujer, www.sernam.cl o el Servicio Nacional de Menores, www.sename.cl.
Para más ayuda en temas financieros y legales, visita www.misdeudas.cl.
Que estés bien.
Alejandro.
Anotado por: Alejandro | jueves, 15 marzo 2007
Tengo un pequeño negocio por 15 años, he consolidado mis deudas en una sola institucion pago al dia , pero mi consulta es si me atraso en mis pagos , porque las economias de mis clientes se han deteriorado ,cual es el procedimiento esperable. Mi casa es del Banco , tengo muy pocos bienes, las maquinas de mi negocio estan tercerizadas asi como los pocos muebles que tengo. Los creditos que recibí son sin garantías y los he pagado hasta el momento.¿Debo declararme en quiebra?. ¿Puedo trabajar en otra cosa ? o debo suicidarme.Gracias
Anotado por: Marcelo | jueves, 28 agosto 2008
Marcelo:
Suicidarse no es opción. Sí lo es conseguir ayuda especializada, para lo cual se requiere información exacta sobre el caso. La que entregas es muy ambigua.
Revisa el siguiente enlace donde hay alternativas de asesoría: http://ciudadanoalejandro.blogspirit.com/archive/2008/08/19/cuidado-con-las-cobranzas-irregulares.html
Que estés bien.
Anotado por: Alejandro | lunes, 01 septiembre 2008
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